Falta de transparencia y carrera electoral detonan crisis municipal

en Los Tiempos el 16-10-20 02:29

La carencia de transparencia en el manejo de la justicia y la proximidad de las elecciones nacionales y subnacionales detonaron la crisis municipal e inestabilidad en dos municipios del eje metropolitano, según analistas.

La suspensión del alcalde José María Leyes en Cercado y el cambio constante de alcaldes en Quillacollo demuestran que la autoridades prorrogadas se están tomando atribuciones que ya no les corresponden, coincidieron ayer los analistas.

Sin embargo, en Cercado la crisis es más compleja porque existen dos criterios jurídicos sobre la suspensión de la autoridad edil por 30 días.

La primera respalda la determinación del Concejo de alejar temporalmente del cargo a Leyes y la segunda advierte que los legisladores estarían incurriendo en una “ilegalidad”.

Sobre este tema, el abogado y exalcalde Henry Rico indicó que, en su opinión, el “Concejo tiene la facultad para suspenderlo” porque la ley no se aplica a letra muerta, sino desde y conforme a la Constitución Política del Estado (CPE) y teniendo en cuenta las leyes conexas.

Mencionó que su afirmación tiene sustento en el artículo 11 de la Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, que establece que la “ausencia o impedimento temporal del Alcalde surtirán efectos legales cuando emerjan de instancia jurisdiccional o por instancia competente, cuando corresponda, hasta que cesen los efectos de la causa de impedimento”. 

Afirmó que existe un impedimento que es la sanción de 30 días y agregó que además en los artículos 235, 12 y 238 se reconoce que el Legislativo tiene la facultad fiscalizadora y deliberativa.

Rico agregó que además la Ley Safco avala las atribuciones del Concejo de procesar, sancionar y suspender en la vía administrativa al Alcalde.

En tanto, el abogado constitucionalista César Cabrera sostuvo que la actuación del Concejo Municipal es ilegal porque vulnera el ordenamiento jerárquico descendente de las normas.

“La Ley de Gobiernos Autónomos Municipales en su artículo 27 determina que el Concejo Municipal no puede suspender alcalde ni temporalmente ni definitivamente y dice además que cualquier definición en ese sentido no tendrá efecto legal alguno”, subrayó el abogado.

Cabrera aseveró que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó el recurso de nulidad por la forma, no por el fondo, porque el alcalde Leyes puede plantear un amparo en defensa.

“El Alcalde ha planteado un recurso de reconsideración a esa decisión, ése es un recurso del ámbito municipal que debe ser previamente resuelto si es que el señor Tellería quiere asumir el cargo”, acotó.

En Quillacollo, la situación fue menos compleja, porque existía una resolución judicial que instruyó al Concejo que suspenda al alcalde electo Eduardo Mérida.

Otros analistas que coinciden en que la crisis se ahonda...