Congelamiento de ascensos perjudica a más de 50 militares

en El Diario el 07-05-21 06:27

El congelamiento de ascensos en las Fuerzas Armadas (FFAA) perjudica a más de 50 militares y a la misma institución porque estos responden a “necesidades orgánicas” para garantizar las actividades en todos los niveles de mando, manifestó a EL DIARIO el coronel en servicio pasivo del Ejército y abogado constitucionalista Jorge Santistevan.

Los ascensos en las FFAA están respaldados en los artículos 245 y 250 de la Constitución Política del Estado (CPE). Los procedimientos de evaluación y clasificación se sustentan en la Ley Orgánica de las FFAA, sus reglamentos y las resoluciones emitidas de los Tribunales de Personal.

El julio de 2020, mediante un Decreto Supremo, la expresidenta Jeanine Añez aprobó la entrega de bastones de mando, sables y espadas a los miembros del mando militar del Comando en Jefe y de cada Fuerza, empero la expresidenta del Senado, Eva Copa, inició un proceso de inconstitucionalidad porque los ascensos no fueron aprobados por la Cámara Alta.

En ese marco, algunos militares esperan el reconocimiento de su jerarquía militar porque ya fueron ascendidos mediante Decreto Supremo, y otros están en espera de ser ascendidos conforme a la evaluación a la que fueron sometidos el año 2020 por el Tribunal Superior de Personal de las FFAA.

“Ambas promociones esperan el reconocimiento de su derecho al ascenso conforme a los artículos 1.f); 21.c); 108; 109; 110 y 113.a.1) de la Ley Orgánica de las FFAA, a los artículos 2, 3 y 5 del Reglamento de Tribunal Superior del Personal de las FFAA y a los artículos 14.III; 245; 172 numeral 19, y 160 numeral 8 de la CPE”, manifestó Santistevan.

El militar aclaró que, de acuerdo a procedimientos legales, los Tribunales Superiores de Personal del Comando en Jefe, sesionan en forma especial para aprobar los ascensos, posteriormente elevan las listas y los legisladores nacionales o algunos miembros del Órgano Ejecutivo deben proceder conforme manda la CPE sin inmiscuirse en la competencia de las autoridades militares, pudiendo hacer una revisión del legajo individual para constatar alguna irregularidad.

“La parte política no puede anular las resoluciones de ascenso emitidas por el tribunal, sino para observar irregularidades de carácter individual. Más allá que la parte política no participa de la formación, educación, instrucción y capacitación del personal militar, tampoco participa en la misma evaluación de la carrera militar, por tanto, deben adecuarse a sus funciones específicas fijadas por la CPE”, apuntó.

ASCENSOS

Santistevan explicó que los ascensos fueron otorgados por el Estado mediante órdenes firmadas por el capitán general de las FFAA (presidente del Estado), cumpliendo todos los pasos legales, cuya vigencia data desde décadas atrás a la fecha.

En ese marco dijo que durante todo ese proceso se evaluó y se hizo seguimiento a toda la carrera militar de cada uno de los convocados al grado inmediato superior y que nadie pu...