Reglamento: existen 10 causales que pueden inhabilitar a candidatos

en Los Tiempos el 06-01-21 11:27

Este martes, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio a conocer el reglamento de procedimientos de inhabilitación de candidatos para los gobiernos departamentales y regionales. Las causales superan las diez, entre requisitos o existencias de inelegibilidad.

El documento aprobado el 28 de diciembre de 2020, en su artículo 5, señala que “las causales de inhabilitación para candidaturas a cargos de elección popular de alcance departamental, regional, municipal y de otras autoridades definidas en Convocatoria, son las establecidas en la Constitución Política del Estado (CPE) y Ley Nº 026 del Régimen Electoral”.

El inciso I en su numeral 4 del artículo 8 del Reglamento (procedimiento) indica que la “exposición de las causales legales de inhabilitación” debe estar acompañada por “la prueba documental preconstituida relacionada con el incumplimiento de requisitos o la existencia de causales de inelegibilidad”.

El documento oficial emitido por el TSE define con base a los artículos 234, 236, 238, 239 y 285 de la CPE nueve requisitos para candidatas y candidatos para gobernaciones, vicegobernaciones o alcaldes. En tanto, para las candidaturas a subgobernaciones, corregidores, ejecutivos regional o de desarrollo, asambleístas regionales, concejales y representantes indígenas, se contempla el artículo 287 en vez del 285 de la CPE.

“Todos estos requisitos que están en la CPE y la Ley 026 son casuales de inhabilitación, pero tienen que ser por demanda provocada, no es de oficio. Los requisitos que ha pedido el TSE para registrar o inscribir el TSE lo puede observar y lo devuelve. Pero si éstos no se cumplen, un ciudadano puede observar y solicitar la inhabilitación”, refirió el abogado constitucionalista José Luis Santistevan.

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