Pacto de San José y una ley obligan a Bolivia a cumplir fallos de Corte-IDH
Un artículo específico del Pacto de San José de Costa Rica y una Ley de la República de Bolivia de 1993 comprometen al Estado boliviano a cumplir la Opinión Consultiva que emita la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) sobre si la reelección indefinida es o no un derecho humano.
En 2017, el Tribunal Constitucional Plurinacional habilitó bajo ese argumento a Evo Morales para un cuarto mandato consecutivo en las fallidas elecciones de octubre de 2019.
De acuerdo al artículo 68 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “los Estados Partes en la Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso que sean partes”. Bolivia se convirtió en Estado Parte a partir del 27 de julio de 1993 cuando entregó oficialmente a la OEA la Convención ratificada mediante Ley 1430 del 11 de febrero de 1993 durante la presidencia de Jaime Paz Zamora.
Esa ley en sus tres artículos señala que “se aprueba y ratifica la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, suscrita el 22 de noviembre de 1969, se reconoce la competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
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