Desde septiembre se habilitan vuelos internacionales a países que abrieron sus fronteras aéreas
El Decreto Supremo 4314, aprobada la noche del jueves, en su artículo 7 establece que se permiten los viajes aéreos a países que también abrieron sus fronteras aéreas.
“Internacional aéreo de pasajeros y comercial entre el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda y el Ministerio de Relaciones Exteriores; a fin de habilitar los vuelos internacionales con países que hayan realizado la apertura de vuelos”, dice el inciso D del artículo mencionado.
El ministro de Obras Públicas, Iván Arias, explicó que los viajes a otros países se realizarán de acuerdo a lo que establezca cada país, es decir, si un país que abrió sus fronteras aéreas pide que los viajeros porten una prueba negativa de COVID-19, los pasajeros q
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