Tribunal de la Naturaleza declara que incendios del 2019 fueron un 'ecocidio ocasionado por la política de Estado y el agronegocio'
El Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza (TIDN), en la lectura de la sentencia por el caso: Chiquitanía, Chaco y Amazonia Vs. Estado Plurinacional de Bolivia, declaró que los incendios del 2019 fueron un “ecocidio provocado por la política de Estado y el agronegocio” y estableció la abrogación de las normas señaladas como “incendiarias” a fin de que estos hechos no se repitan.
“En base a estos antecedentes, los demandantes identifican como autores del delito de ecocidio a las autoridades administrativas, legislativas y judiciales, quienes diseñaron la política, aprobaron el paquete legislativo y, ocurridos los incendios, favorecen a las condiciones de impunidad para los perpetradores. Además, indican como autores a los grupos fácticos representados por los grandes ganaderos, empresarios agroindustriales, por lo que este Tribunal se ha formado convicción a ese respecto. Por tanto, se concluyen que corresponde la sindicación como autores del delito de ecocidio contra la ecoregión Chiquitanía, Amazonía y Chaco de Bolivia al: Gobierno de Evo Morales 2019, Gobierno Añez 2020 y Gobernación de Santa Cruz y Beni; (a la) Autoridad de Fiscalización y Control de Bosques y Tierra (ABT), Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) y otras; (a la) Asamblea Legislativa. Bancadas del oficialismo y la oposición; (a la) Fiscalía, Poder Judicial y Tribunal Agroambiental; (y al) extractivismo agroganadero y de soya transgénica para la exportación”, dictan en la sentencia.
Asimismo, entre las resoluciones, el TIDN establece garantías para que los incendios no ocurran nuevamente, entre ellas la abrogación de las normas que promueven la ampliación de la frontera agraria y con ello las quemas y desmontes. Específicamente se refieren a las siguientes leyes:
- Ley N° 337 de Apoyo a la Producción de Alimentos y Restitución de Bosques y su D.S. 1578
- Ley N° 502, Ley N° 739 y Ley N° 952, de ampliaciones del plazos y modificaciones de la Ley 337.
- Ley N° 741, de Autorización de Desmonte hasta 20 hectáreas para pequeñas propiedades y propiedades comunitarias o colectivas para actividades agrícolas y pecuarias.
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